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490.000 €

6.447 €/m²

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Piso en Rambla de Fabra I Puig

Rambla de Fabra I Puig

Características

Superficie

76 m²

Habitaciones

2

Baños

1

Planta

4ª planta

Estado

Buen estado

Descripción

JUNTO AL CLUB NATACIÓ DE SANT ANDREU! ¡Descubre tu nuevo hogar en el vibrante barrio de Sant Andreu de Palomar, Barcelona! Este impresionante piso todo exterior te espera con sus luminosas estancias y su excelente ubicación. Con una superficie construida de 76 m2 y útil de 70 m2, cuenta con 2 habitaciones dobles donde podrás disfrutar del descanso que mereces. Imagina relajarte mientras contemplas las vistas desde tu ventana al despertar cada mañana. El apartamento está en muy buen estado y tiene orientación noroeste, lo que garantiza luz natural durante gran parte del día. Además, tendrás la comodidad a un paso: autobuses cercanos para moverte por toda la ciudad centros comerciales para tus compras diarias colegios ideales si tienes familia o planeas formar una pronto hospitales cerca ante cualquier emergencia ¡y metro y tren conectándote fácilmente! Este espacio también forma parte de una urbanización tranquila rodeada de árboles que brindan ese toque fresco tan necesario en medio del bullicio urbano. No pierdas esta oportunidad única porque pisos como este no suelen durar mucho tiempo en el mercado Ven a visitarlo ya mismo! CONTÁCTANOS! 9 3 4 7 1 1 1 7 7 *Ofrecemos evaluación financiera gratuita N. º AICAT: 5.634/ N. º API: 10.625 Zona Tensionada: SI /Condición de gran Tenedor: xx ETIQUETA ENERGETICA: xxxxxxxxxxxx De conformidad con el artículo 20.1. c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora, por lo que Hiperfincas no cobrará a la parte compradora por los mismos servicios prestados a la parte vendedora.

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